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eICON · Entitat Integral de Control

ECI-10Acreditación

Prevención y seguridad contra incendios

Entidad Contra Incendios acreditada (ECI-10) por la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos (DGPEIS) de la Generalitat de Catalunya.

Pasillo de un edificio con una boca de incendio equipada y un extintor señalizados en la pared

En eICON somos una Entidad Contra Incendios (ECI-10) acreditada por la DGPEIS para prestar servicios de prevención de incendios y de verificación reglamentaria en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios.

Realizamos controles de seguridad iniciales y periódicos, con o sin requerimiento o notificación municipal, actas de comprobación in situ, inspecciones técnicas y verificaciones normativas en actividades recreativas, locales de ocio y espectáculos públicos —festivales musicales, por ejemplo—, en instalaciones temporales como ferias de atracciones, circos y carpas, y en edificación nueva o existente.

Damos apoyo a ingenierías, promotores y gestores en la comprobación del cumplimiento normativo, para garantizar la seguridad preventiva y la correcta tramitación de las licencias de actividad.

Trabajamos de acuerdo con la Ley 3/2010, de prevención y seguridad en materia de incendios, con el Decreto 112/2010, por el que se aprueba el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas (REPAR), y con el resto de disposiciones sectoriales y municipales aplicables.

Servicios de ECI

Controles y verificaciones reglamentarias
  • Actas de comprobación sometidas al control preventivo de bomberos
  • Actas de comprobación municipales
  • Controles iniciales previos al inicio de la actividad
  • Controles periódicos cada 4 años
  • Verificación según la autorización o la licencia
Proyectos, espectáculos y actividades temporales
  • Control preventivo de proyectos y memorias
  • Verificación en actividades recreativas y de ocio
  • Controles en carpas, entoldados y estructuras móviles
  • Inspección previa de instalaciones temporales: ferias de atracciones, espectáculos musicales o pistas de hielo
Informes oficiales y apoyo normativo
  • Revisión del cumplimiento de la Ley 3/2010
  • Revisión del cumplimiento del Decreto 112/2010
  • Coordinación con las administraciones
  • Informes técnicos para autorizaciones
  • Asistencia en requerimientos municipales

Para quién trabajamos

  • Ingenierías y técnicos redactores de proyectos

    Evaluación del cumplimiento normativo y verificación de instalaciones

  • Actividades recreativas, restauración y espectáculos

    Controles iniciales y periódicos según el Decreto 112/2010

  • Promotores, gestores de edificios e inmobiliarias

    Comprobaciones contra incendios en edificios

  • Administraciones públicas y ayuntamientos

    Apoyo técnico en el marco de expedientes y requerimientos

  • Actividades temporales e infraestructuras móviles

    Inspección y control de estructuras desmontables antes del uso

Garantía de excelencia

proyectos
2.500+
profesionales
15+
conformidad normativa
100%

Tipos de inspecciones que realizamos

Sala de bombas de una instalación de protección contra incendios

Ley 3/2010

Actas de comprobación según la Ley 3/2010

Medidas e inspecciones reguladas por la Ley 3/2010, de prevención y seguridad en materia de incendios, aplicables a edificios, actividades e infraestructuras.

  • Actas de comprobación en el ámbito de la Generalitat. Verificación in situ del cumplimiento técnico y legal de las condiciones de seguridad establecidas en el proyecto y en el informe de Bomberos.
  • Actas de comprobación en el ámbito municipal. Inspección técnica para garantizar el cumplimiento normativo según las ordenanzas locales y los requisitos establecidos por el municipio.
  • Control preventivo de proyectos y memorias técnicas. Evaluación de la documentación técnica para asegurar que el diseño y la planificación cumplen la normativa antes de ejecutar la actividad.
Escenario y sillas de un concierto al aire libre antes de la apertura al público

Decreto 112/2010

Controles iniciales y periódicos según el Decreto 112/2010

Controles aplicables a espectáculos públicos, actividades recreativas e instalaciones temporales, de acuerdo con el Decreto 112/2010.

  • Controles periódicos de funcionamiento (cada 4 años, artículo 132). Revisión reglamentaria que confirma que las actividades autorizadas mantienen el cumplimiento de la normativa vigente a lo largo del tiempo. Verificamos in situ los requisitos de la normativa y de la licencia concedida: acústica, residuos, emisiones a la atmósfera, higiene y salubridad y seguridad contra incendios.
  • Controles iniciales en estructuras temporales (artículo 39). Inspección previa a la apertura de ferias de atracciones mecánicas y no mecánicas, carpas, entoldados, hinchables y otras estructuras desmontables, para garantizar su seguridad exterior y global.

Actividades afectadas por los controles periódicos

  • Bares y restaurantes
  • Salas de fiestas y locales de ocio nocturno
  • Espectáculos públicos y actividades recreativas clasificados en el anexo I

Trabajamos según

Legislación de aplicación

  • Ley 3/2010, de prevención y seguridad en materia de incendios
  • Decreto 112/2010, por el que se aprueba el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas
  • ORCPI 08, ordenanza reguladora de las condiciones de protección contra incendios
  • RD 314/2006, CTE DB SI, documento básico de seguridad en caso de incendio
  • RD 513/2017, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios
  • RD 2267/2004, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales
  • RD 164/2025, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales
  • Otras regulaciones sectoriales y municipales aplicables

Preguntas frecuentes

¿Qué es una Entidad Contra Incendios (ECI) y qué puede certificar?
Es una entidad acreditada por la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos para realizar las comprobaciones que exige la Ley 3/2010. eICON cuenta con la acreditación ECI-10 y emite actas de comprobación tanto en el ámbito de la Generalitat como en el municipal, además de informes técnicos de cumplimiento normativo.
¿Cuándo hay que hacer el acta de comprobación de un establecimiento?
Antes de iniciar la actividad: el acta verifica in situ que lo ejecutado se corresponde con el proyecto y con el informe de Bomberos, y que cumple las condiciones técnicas y de seguridad exigidas. También realizamos controles de seguridad con o sin requerimiento o notificación municipal, y damos asistencia en los requerimientos municipales.
¿Cada cuánto hay que repetir el control de una actividad recreativa?
El Decreto 112/2010 establece controles periódicos de funcionamiento cada 4 años (artículo 132) para los espectáculos públicos y las actividades recreativas autorizadas. En esta revisión se comprueba in situ que se mantienen los requisitos de la normativa y de la licencia: acústica, residuos, emisiones a la atmósfera, higiene y salubridad y seguridad contra incendios.
¿Hay que inspeccionar las carpas y las ferias de atracciones antes de abrirlas?
Sí. El artículo 39 del Decreto 112/2010 prevé un control inicial de las estructuras temporales —ferias de atracciones mecánicas y no mecánicas, carpas, entoldados, hinchables y otras estructuras desmontables— antes de la apertura al público. eICON realiza esta inspección previa in situ para garantizar la seguridad exterior y global de la instalación.
¿Qué ocurre si una actividad no supera el control?
El acta de comprobación recoge el resultado de la verificación in situ del cumplimiento técnico y legal de las condiciones establecidas en el proyecto, en el informe de Bomberos y en la autorización o licencia. A partir de ahí nos coordinamos con las administraciones y damos asistencia en los requerimientos municipales. Consúltanos tu caso concreto.

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